Bases y Condiciones
1. Organizador
El presente sorteo promocional denominado PROMOCION (SORTEO MUNDIAL), en adelante la “Promoción”, es organizada por COOPI – COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL DE PROVISIÓN DE SERVICIOS SOCIALES Y PÚBLICOS, OBRAS, PRODUCCIÓN, CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA, CUIT 30-54581670-5, con domicilio social en calle Moreno 78 de la ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, República Argentina, domicilio electrónico [email protected], en adelante la “COOPI” o la “Organizadora”. La participación en la Promoción implica el conocimiento y aceptación plena de las presentes Bases y Condiciones.
2. Ámbito territorial
La Promoción será válida únicamente en el ámbito de la Provincia de Córdoba, República Argentina, respecto de las unidades de servicio comprendidas en estas Bases y Condiciones, indicadas en la cláusula 6.1.
3. Vigencia
La Promoción tendrá vigencia desde el las 00:00 horas del día 18 de mayo de 2026 hasta las 23:59 horas del día 12 de junio de 2026. La base de participantes será confeccionada con corte a las 23:59 horas del día 12 de junio de 2026, fecha en la cual se verificará el cumplimiento de los requisitos previstos en estas Bases y Condiciones.
4. Premios
La Promoción comprenderá cuatro sorteos, uno por cada unidad de servicio indicada en la cláusula 6.1. En cada sorteo se adjudicará un (1) televisor Smart TV de 50’’ 4K Marca NOBLEX, Línea DISNEY ADVENGERS, Modelo MARVEL1DV50V, Color NEGRO. En consecuencia, la Promoción comprenderá un total de cuatro (4) premios. Los premios no serán transferibles, ni canjeables por dinero ni por ningún otro elemento, ni sustituibles a pedido del ganador.
5. Sorteo
El sorteo se realizará el día 15 de junio de 2026, a las 12 horas, en el domicilio sito en Moreno 78,Villa Carlos Paz, Córdoba Argentina, mediante sistema informático con aplicación de función aleatoria, ante escribano público, quien certificará su realización. A esos efectos, el área de sistemas de la COOPI confeccionará las bases de datos de participantes que reúnan los requisitos establecidos en la cláusula 6, conforme los registros existentes al día 12 de junio de 2026. Las bases podrán contener los siguientes datos: número de cuenta de servicio, número de afiliado, número de usuario, número de asociado, nombre y apellido o razón social, DNI o CUIT, teléfono y correo electrónico. La inclusión en la base de datos tendrá por única finalidad permitir la administración, ejecución, adjudicación, comunicación y control de la presente Promoción. La Organizadora podrá modificar el día, horario y/o lugar del sorteo por razones administrativas, operativas, técnicas, de fuerza mayor o caso fortuito, informando dicha circunstancia por los medios que estime pertinentes.
6. Requisitos
6.1. Unidades de servicio. Participarán de la Promoción las siguientes unidades de servicio:
1) Aguas Capilla del Monte, integrada por todos los usuarios de los servicios de aguas y cloacas, que la COOPI presta en la Localidad de Capilla del Monte;
2) Aguas del Noroeste – Cruz del Eje, integrada por todos los usuarios de los servicios de aguas y cloacas, que la COOPI presta en la Localidad de Cruz del Eje;
3) Agua Cuesta Blanca y Conectados, integrada por todos los usuarios de los servicios de aguas, que la COOPI presta en la Localidad de Cuesta Blanca; y de todos los usuarios de los servicios de telefonía e internet y plataforma de contenidos que la COOPI presta en las localidades del Sur de Punilla.
4) Prever – Servicios de Salud, COOPI y MUTUAL, integrada por todos los afiliados al servicio de Salud Prever y por todos los asociados a la COOPI – COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL DE PROVISIÓN DE SERVICIOS SOCIALES Y PÚBLICOS, OBRAS, PRODUCCIÓN, CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA y a la MUTUAL – CENTRO ASOCIATIVO MUTUAL FLOREAL GORINI.
A los fines de estas Bases y Condiciones, cada una de las unidades mencionadas será considerada una unidad de servicio independiente. Se sorteará un premio por cada unidad de servicio, conforme la modalidad prevista en la cláusula 5.
6.2. Participantes. Podrán participar de la Promoción las personas humanas mayores de dieciocho (18) años y las personas jurídicas que, durante la vigencia de la Promoción, revistan la calidad de: a) usuarios titulares del servicio; b) usuarios responsables de facturación del servicio, registrados previamente como tales ante la COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL; c) afiliados a Prever; d) asociados a la COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL; y e) asociados a la MUTUAL; f) AGUAS DEL NOROESTE/PARTICIPACION COOPERATIVA . Siempre que, conforme los registros de la COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL, tengan su cuenta al día 12 de junio de 2026, conforme lo previsto en estas Bases y Condiciones.
6.3. Cuenta al día. A los efectos de la presente Promoción, se entenderá que el usuario tiene la cuenta al día cuando, a las 23:59 horas del día 12 de junio de 2026, no registre deuda vencida por ningún concepto ni período devengado, incluidos conceptos y periodos comprendidos en planes de pago y/o sus refinanciaciones, respecto de cualquiera de las unidades de servicio. La verificación de tal condición será realizada por la Organizadora sobre la base de sus registros administrativos y sistemas de facturación.
6.4. Nuevas altas. Será condición indispensable para participar en la Promoción que el usuario haya sido dado de alta antes de las 23:59 horas del día 12 de junio de 2026. Las nuevas altas de cualquiera de las unidades de servicio, participarán automáticamente en la Promoción, siempre que se encuentren debidamente registradas en los sistemas de la Organizadora al cierre de la base de participantes y cumplan con las condiciones aplicables previstas en estas Bases y Condiciones.
6.5. Exclusiones. No podrán participar de la Promoción: a) trabajadoras y trabajadores de la COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL, AGUAS DEL NOROESTE/PARTICIPACION COOPERATIVA y MUTUAL FLOREAL GORINI y de cualquiera de las unidades de servicio alcanzadas; b) todas las personas que, sin ser dependientes de la COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL, AGUAS DEL NOROESTE/PARTICIPACION COOPERATIVA y MUTUAL FLOREAL GORINI, intervengan en la organización, administración, comunicación, ejecución y/o control o de la Promoción; c) proveedores de la COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL, AGUAS DEL NOROESTE/PARTICIPACION COOPERATIVA y MUTUAL FLOREAL GORINI; d) consejeros y delegados de la COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL y MUTUAL FLOREAL GORINI; e) usuarios que registren deuda vencida por cualquier concepto o período al día 12 de junio de 2026, conforme lo previsto en la cláusula 6.3; f) usuarios con convenio de pago incumplido, deuda en gestión de cobro extrajudicial o prejudicial, deuda judicializada, o reclamos administrativos pendientes que, a criterio de la Organizadora, impidan considerar regularizada la situación de la cuenta. No quedan excluidos, por esa sola condición, los familiares directos de las personas indicadas precedentemente, salvo que encuadren personalmente en alguna de las causales de exclusión previstas.
7. Participación
7.1. Participación automática. La participación será automática para todos los usuarios de servicios, afiliados a Prever, y asociados a la COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL y a la MUTUAL, que cumplan con los requisitos establecidos en la cláusula 6 de estas Bases y Condiciones. No será necesaria compra adicional, adhesión especial ni manifestación expresa de voluntad para participar.
7.2. Chances de participación. Cada participante que revista la calidad de usuario de la unidad de servicio Aguas Capilla del Monte, Aguas del Noroeste – Cruz del Eje, Agua Cuesta Blanca y/o Conectados, y/o revista la calidad de afiliado a Prever – Servicios de Salud, intervendrá en el sorteo correspondiente a la unidad de servicio respectiva, siempre que tenga la cuenta al día, conforme lo estipulado en la cláusula 6.3. El usuario y/o afiliado que, además, se encuentre adherido al sistema de pago por débito automático, conforme los registros de la Organizadora, a las 23:59 horas del día 12 de junio de 2026, intervendrá en el sorteo correspondiente a la unidad de servicio respectiva, con doble chance. El usuario y/o afiliado que, además, revista la condición de asociado a la COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL o a la MUTUAL, intervendrá también en el sorteo correspondiente a la unidad de servicio Prever – Servicios de Salud, COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL y MUTUAL, sumando una chance adicional. Las chances son acumulativas únicamente hasta el máximo de tres (3) chances por participante.
La adhesión al débito automático será considerada en forma automática cuando surja registrada en los sistemas de la Organizadora al cierre de la base de participantes, a las 23:59 horas del día 12 de junio de 2026.
7.3. Participación por número de usuario, número de afiliado, número de asociado. A los efectos de la presente Promoción, se entenderá por número de usuario, el número correspondiente a la cuenta de las unidades de servicio Aguas Capilla del Monte, Aguas del Noroeste – Cruz del Eje, Agua Cuesta Blanca y Conectados; se entenderá por número de afiliado, el número correspondiente a la afiliación a la unidad de servicio Prever – Servicios de Salud; y se entenderá por número de asociado, el número correspondiente a la asociación a la COOPI – COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL DE PROVISIÓN DE SERVICIOS SOCIALES Y PÚBLICOS, OBRAS, PRODUCCIÓN, CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA y a la MUTUAL – CENTRO ASOCIATIVO MUTUAL FLOREAL GORINI., conforme surja del Libro Registro de Asociados, respectivo. Cada participante intervendrá en el sorteo correspondiente a la unidad de servicio de la que resulte usuario, afiliado y/o asociado, según corresponda. En caso de las unidades de servicio Aguas Capilla del Monte, Aguas del Noroeste – Cruz del Eje, Aguas Cuesta Blanca y Conectados, si una misma persona humana o jurídica registra más de un número de usuario con relación a una misma unidad de servicio, podrá participar una vez por cada número de usuario, siempre que cada cuenta cumpla con los requisitos de participación previstos en la cláusula 6 de estas Bases y Condiciones.
8. Entrega de premios
8.1. Comunicación a los ganadores. Efectuados los sorteos el día 15 de junio de 2026 y adjudicados los premios, los ganadores serán comunicados telefónicamente y por correo electrónico, conforme los datos registrados en la base de la Organizadora. Eventualmente, la comunicación podrá realizarse también en forma personal. En esta oportunidad se informarán las formas y plazos para el reclamo del premio. El ganador deberá aceptar el premio y coordinar su retiro dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibida la comunicación. Vencido dicho plazo sin respuesta suficiente del ganador, la Organizadora podrá dejar sin efecto la adjudicación y transferir el derecho al premio al suplente correspondiente.
8.2. Retiro del premio. El premio deberá ser retirado personalmente por el ganador, o por representante debidamente autorizado, en la oficina comercial correspondiente a la unidad de servicio por la cual resultó adjudicado. Para retirar el premio, el ganador deberá presentar DNI, factura del servicio correspondiente y número de cuenta de servicio y/o afiliado y/o asociado. En caso de personas jurídicas, deberá acreditar personería suficiente mediante la documentación correspondiente. Copia de la documentación presentada y el acuse de recepción del premio, suscriptos por el ganador o su representante, quedarán como constancia en poder de la COOPI. Las oficinas comerciales habilitadas para el retiro del premio serán las siguientes: a) Aguas Capilla del Monte: domicilio Bartolomé Mitre 468, Capilla del Monte, Provincia de Córdoba; b) Aguas del Noroeste – Cruz del Eje: domicilio España 15 esquina San Martín, Cruz del Eje, Provincia de Córdoba; c) Aguas Cuesta Blanca y Conectados: domicilio Av. Cura Brochero esquina Los Sauces, San Antonio de Arredondo, Provincia de Córdoba; e) Prever, COOPI y MUTUAL: domicilio Moreno 78, Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba. El premio no incluye envío, traslado, instalación, accesorios adicionales ni ningún otro gasto no expresamente previsto en estas Bases y Condiciones. Todo gasto vinculado al retiro, traslado, instalación o utilización del premio estará a cargo exclusivo del ganador.
8.3. Suplentes. Por cada unidad de servicio se sorteará un ganador titular y un ganador suplente. En caso de – que por razones ajenas a la COOPI – el ganador titular no pudiera ser contactado, no respondiera dentro del plazo previsto en la cláusula 8.1., no se presentara a retirar el premio en tiempo y forma, no acreditara identidad, autorización y/o personería suficiente, o rechazara el premio, perderá automáticamente el derecho al premio, sin derecho a reclamo, sustitución ni indemnización alguna, y se procederá a contactar al suplente que corresponda según el orden de sorteo.
9. Difusión
La Promoción podrá ser difundida a través de la página web institucional, oficinas comerciales, folletos, medios digitales, redes sociales, WhatsApp Bot y demás canales de comunicación que la Organizadora estime pertinentes. Las presentes Bases y Condiciones estarán disponibles para su consulta en la web institucional, oficinas comerciales y demás canales de comunicación que determine la Organizadora. Asimismo, los resultados de los sorteos se darán a conocer en la página web institucional y/o cualquier otro medio que de comunicación que la Organizadora estime conveniente. Las actas notariales labradas en oportunidad del sorteo estarán a disposición de los usuarios que cumplan con los requisitos establecidos para la participación en la Promoción de acuerdo a estas Bases y Condiciones.
10. Autorización
10.1. Uso de imagen e información. La participación en la Promoción importa la autorización expresa para que, en caso de resultar ganador, la Organizadora pueda difundir el nombre, apellido, localidad, imagen, voz y/o registros fotográficos o audiovisuales del ganador, exclusivamente con fines institucionales, sin que ello genere derecho a compensación o indemnización alguna. En el caso de personas jurídicas, la autorización alcanzará a la difusión de su denominación o razón social y, en su caso, a la imagen de la persona que concurra en su representación para la recepción del premio.
10.2. Uso de datos personales. Los datos personales de los participantes serán tratados por la Organizadora exclusivamente a los fines de administrar, ejecutar, comunicar y controlar la presente Promoción, conforme la normativa aplicable en materia de protección de datos personales. La participación en la Promoción implica la autorización para el tratamiento de los datos necesarios para tales fines. El titular de los datos podrá ejercer los derechos que pudieren corresponderle conforme la normativa vigente mediante comunicación dirigida a [email protected].
11. Responsabilidad
La Organizadora no será responsable por ningún daño o perjuicio que pudieran sufrir los ganadores o terceros con motivo de o en relación con la utilización de los premios. La responsabilidad de la Organizadora se limita exclusivamente a la entrega del premio en las condiciones previstas en estas Bases y Condiciones, y finaliza con su puesta a disposición del ganador. Queda excluida toda responsabilidad por el uso, instalación, funcionamiento, desperfectos, pérdidas o cualquier consecuencia posterior derivada de la utilización del premio. La Organizadora no otorga garantía propia sobre el premio, sin perjuicio de la garantía otorgada por el fabricante, importador, distribuidor o proveedor del producto. La Organizadora tampoco será responsable por datos desactualizados, incorrectos o incompletos registrados en sus bases, por errores, omisiones o por cualquier otra circunstancia ajena a su control, que impida la comunicación con el ganador o la entrega del premio.
12. Modificación, prórroga, suspensión o cancelación
La Organizadora podrá modificar, total o parcialmente, las presentes Bases y Condiciones, cuando razones administrativas, operativas, técnicas, de fuerza mayor, caso fortuito, imposibilidad sobreviniente o cualquier otra circunstancia no imputable a la Organizadora así lo justifiquen. Asimismo, la Organizadora se reserva el derecho de modificar, prorrogar, suspender o cancelar la Promoción, total o parcialmente, cuando tales circunstancias así lo requieran. Cualquier modificación será comunicada por los medios que la Organizadora estime pertinentes y no dará derecho a reclamo, compensación o indemnización alguna. La Organizadora se reserva el derecho de pronunciarse sobre las situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en estas Bases y Condiciones. La participación en el sorteo implica el reconocimiento de las facultades de la Organizadora para adoptar decisiones operativas respecto de la Promoción y de estas Bases y Condiciones, conforme criterios de razonabilidad, transparencia y buena fe.
13. Interpretación
Toda cuestión no prevista expresamente en estas Bases y Condiciones será resuelta por la Organizadora conforme criterios de razonabilidad, transparencia y buena fe. La Organizadora podrá requerir documentación complementaria para verificar identidad, personería, o cualquier otro requisito necesario para validar la participación y/o adjudicación del premio.
14. Jurisdicción
Para cualquier controversia derivada de la interpretación, ejecución o cumplimiento de la presente Promoción y/o sus Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios competentes de la ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
15. Aceptación de Bases y Condiciones
La participación en la Promoción implica el conocimiento y aceptación plena de estas Bases y Condiciones
En cumplimiento de la normativa vigente, las presentes Bases y Condiciones estarán disponibles para su lectura y consulta durante toda la vigencia de la Promoción en https://coopi.com.ar/, oficinas comerciales y demás canales de comunicación que determine la Organizadora.

